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prácticas preprofesionales

Las prácticas pre profesionales son un requisito obligatorio en todas las carreras presenciales de la Universidad Iberoamericana del Ecuador para que el estudiante pueda obtener el grado académico/título profesional por el que ha optado. A través de las prácticas pre profesionales, el estudiante debe ser capaz de relacionar y aplicar, en sus actividades laborales, los conocimientos, las habilidades y destrezas obtenidos en los estudios realizados en su carrera.

OBJETIVOS:

  1. Propiciar al estudiante el vínculo con el entorno investigativo, social, educativo, económico, productivo, cultural y ambiental.

  2. Desarrollar habilidades prácticas en el desempeño de las diferentes competencias profesionales para el perfil que le compete.

  3. Adquirir experiencias necesarias para ejercer la profesión en el contexto empresarial.

 

REQUISITOS:

  1. El número de horas de prácticas preprofesionales que deben acreditar los estudiantes, como requisito previo a la obtención su título profesional, estará condicionado por lo establecido en el Reglamento de Régimen Académico (RRA), en sus diferentes versiones, lo cual es contemplado en cada proyecto de carrera. En cualquier caso se tiene un valor mínimo de doscientos cuarenta horas (240 horas) de prácticas preprofesionales en los campos de su especialidad, las cuales podrán ser parte de las 400 horas de Vinculación con la sociedad que establece el Reglamento de Régimen Académico. Las horas de práctica se desarrollarán de manera progresiva de acuerdo a la planificación del coordinador de prácticas.

  2. Los estudiantes deberán iniciar la ejecución de sus prácticas preprofesionales a partir de que en su carga académica tengan asignaturas correspondientes al término de la unidad de formación profesional.

  3. Los estudiantes desarrollan sus Prácticas preprofesionales en instituciones públicas o privadas que demanden estudiantes de prácticas y que hayan celebrado un convenio con la UNIB.E o un acuerdo formalizado a través de una carta de compromiso entre ambas partes. El lugar de práctica puede ser la misma Universidad Iberoamericana del Ecuador o el lugar del trabajo permanente del estudiante; pero en todo caso, se deberá contar con la exigencia del siguiente numeral, se exceptúan las prácticas internas.

  4. La entidad u organización que solicite al estudiante la realización de la práctica preprofesional deberá emitir una petición escrita a la Dirección de la Escuela. En dicha petición deberán explicitarse los objetivos a alcanzar, las principales tareas a ser ejecutadas, la duración de la misma (fechas tentativas de inicio y fin), el horario y el compromiso de realizar el seguimiento y evaluación respectivos para el cumplimiento de los objetivos. Esta documentación será valorada y autorizada por la dirección de escuela, luego de verificar a la entidad u organización, el área de trabajo, las características de la práctica, los horarios y otros aspectos que garanticen la práctica preprofesional del estudiante.

  5. El representante de la práctica preprofesional del estudiante, por parte de la institución receptora, debe demostrar su preparación y formación académica relacionada a la carrera que corresponde.

  6. El coordinador de prácticas preprofesionales de la carrera a la que pertenezca el estudiante es el responsables del seguimiento y evaluación de las actividades realizadas. Para tal fin, se generará un expediente para cada estudiante, mismo que contenga solicitudes, certificados y formularios del proceso de prácticas.

 

 PROCEDIMIENTO:

  1. Los estudiantes pueden presentar al Director de su carrera la solicitud para realizar prácticas preprofesionales en los períodos autorizados, y obtener la aprobación respectiva.

  2. Los estudiantes deben adquirir el carné de prácticas preprofesionales en el Área de Contabilidad.

  3. El Director de carrera firma y sella el carné de prácticas y entrega el Compromiso de recepción de prácticas preprofesionales estudiantiles por parte de una Organización, Entidad o Persona Jurídica, para que la institución designada se comprometa a realizar el seguimiento y evaluaciones respectivas.

 

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

  1. La institución donde se ejecutan las prácticas debe realizar el seguimiento y evaluación del proceso de práctica, emitiendo un certificado de finalización del periodo de práctica.

  2. El estudiante deberá presentar un informe, al final del período de prácticas, sobre su desempeño, el cumplimiento de los objetivos previstos por los patrocinadores y por la Universidad, las observaciones y las recomendaciones.

  3. El coordinador de prácticas preprofesionales de la carrera verifica el cumplimiento de las prácticas de cada estudiante, en función de los informes recibidos, el plan de estudios y las asignaturas que tributan a la misma, así como el número de horas dispuestas en el Reglamento de Régimen Académico de la UNIBE.

  4. El Director de carrera emite un certificado de aprobación de prácticas preprofesionales donde se registra el total de horas cumplidas, una vez que los estudiantes presenten la documentación establecida.

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